Policía Municipal (BARAÑAIN)
– Recepción de denuncias penales y elaboración de atestados a personas que han sido víctimas de un delito o falta:– Acto de agresión contra su patrimonio.– Robo en inmueble o negocio.– Atraco.– Agresiones físicas y/o psíquicas.– Agresión sexual.– Maltratos en ámbito familiar.– Violencia de genero.– Etc.
– En general, personas víctimas de hechos tipificados en el Código Penal y en las Leyes Penales Especiales.
– Personas físicas o jurídicas (a través de su representante).
– Para menores de edad se recomienda la presencia del padre, madre o tutor.
– La denuncia debe realizarse a la mayor brevedad posible desde que se produce el hecho denunciable.– Tiempo de respuesta: inmediata.– Atendiendo a la naturaleza, extensión e importancia del hecho denunciado, el asunto puede ser tratado por la propia Policía Municipal en una investigación posterior, realizada con técnicas policiales más especiales y/o en coordinación con otros cuerpos de seguridad, siempre bajo las directrices y supervisión de Juzgados y Tribunales.
– Gratuito.
– El DNI o documento equivalente, de quien presenta la denuncia.– En el caso de haberse producido daños personales se deberá presentar el parte de lesiones.– Se recomienda aportar en la declaración cualquier dato relevante del hecho, (identificación detallada de los hechos, descripción del autor, testigos, matrículas de vehículos, etc.) o documento que pueda tener relación con la confección de la denuncia.
– NORMATIVA:– Ley Orgánica 10/95 de Código Penal.– Real Decreto de 14/09/1882, Ley de Enjuiciamiento Criminal.