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Permisos de armas de aire comprimido

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Permisos de armas de aire comprimido

Órgano gestor

Policía Municipal (BARAÑAIN)

Objeto

Solicitud de tramitación de tarjeta para uso y tenencia de armas de categoría 4.0.

  • TARJETA DE ARMAS TIPO A:
    • Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición y revólveres de doble acción, accionados por aire o gas comprimidos no asimiladas a escopetas.
  • TARJETA DE ARMAS TIPO B:
    • Carabinas y pistolas, de anima lisa o rallada, y de un sólo tiro y revólveres de simple acción, accionados por aire o gas comprimidos no asimiladas a escopetas.

Solicitantes – Beneficiarios/as

Personas residentes en Barañáin, mayores de 14 años.

Requisitos

Para menores de edad autorización del padre, madre o tutor, incluida en la propia solicitud que se rellenará en el registro.

Inscripción/Solicitud

  • Una vez entregada la documentación en el Registro, se citará al solicitante a acudir a las dependencias de la Policía Municipal con su arma, para la correspondiente comprobación.
  • Tras la comprobación, entrega del permiso junto con un resumen del Reglamento de Armas.

Importe

16,15 euros.

Documentación a presentar

  • Instancia tarjeta de armas cumplimentada.
  • Tarjeta del arma:
    • Cartulina amarilla cumplimentada y sellada por la casa vendedora con todos los datos del arma y firmada por el titular del arma.
    • Cartulina blanca (consta de 2 partes) cumplimentada por la casa vendedora con todos los datos y firmada por el titular del arma.
  • En el caso de ser para un menor (de 14 y 18 años), datos y firma de la persona que le haya autorizado.
  • 2 fotocopias del DNI del solicitante y, en su caso, 2 fotocopias del representante.
  • Recibo del pago de las tasas correspondientes.

LUGAR DE PRESENTACIÓN

  • Ayuntamiento de Barañáin – Oficina de Atención Ciudadana (OAC) (BARAÑAIN)

Más información

  • Armas incluidas en la categoría 4.0, 2, se pueden documentar en número ilimitado con tarjeta B, cuya validez será permanente.
  • De las armas incluidas en la categoría 4.0, 1, solamente se podrán documentar 6 armas con tarjetas A, cuya validez será de 5 años.
  • La autoridad municipal podrá limitar o reducir, tanto el número de armas que puede poseer cada interesado, como el tiempo de validez de las tarjetas, teniendo en cuenta las circunstancias locales y personales que concurran.

NORMATIVA:
– Real Decreto 137/1993, Reglamento de Armas.
– Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos (Ordenanza Fiscal 4).

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados que sean personas físicas
  • Permite interesados que sean personas jurídicas
  • Permite interesados que sean personas físicas representadas por otra persona física
BARAÑÁIN / BARAÑAIN - P3138600F
Plaza Consistorial, s/n
31010 Barañáin / Barañain (Navarra)
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