Policía Municipal (BARAÑAIN)
– Solicitud de inspección para la medición de ruidos de actividades molestas para su constatación y posterior denuncia si procede.
– Personas residentes en Barañáin.
– Una vez solicitada la inspección, los técnicos del Ayuntamiento concertaran la visita con la persona afectada.
– Consultar con el ayuntamiento.
– Solicitud mediante escrito en el Registro General del Ayuntamiento.
– Recibo del pago de las tasas correspondientes.
– En caso de superarse los niveles sonoros establecidos (Ordenanza municipal reguladora de concesión de licencias de actividad y licencias de apertura), y si se desprende la comisión de una infracción, la tasa generada por el servicio será a cargo del infractor.
– Si la inspección ha realizar, fuera del horario de oficinas, será el servicio de Policía Municipal, el encargado de realizar dicha inspección.
– En caso de urgencia o necesidad se podrá requerir la inspección, durante las 24 horas, a través de Policía Municipal mediante llamada telefónica.
– NORMATIVA:
– Decreto Foral 48/1987 sobre Reglamento de Control de Actividades Clasificadas para la Protección del Medio Ambiente.
– Decreto Foral 135/1989, de 8 de junio, por el que se establecen las condiciones técnicas que deberán cumplir las actividades emisoras de ruidos o vibraciones.
– Ordenanza municipal reguladora de concesión de licencias de actividad y licencias de apertura (Ordenanza Fiscal 5).
– Ordenanza municipal reguladora de las tasas por inspecciones previstas en ordenanzas y acuerdos municipales (Ordenanza Fiscal 7).